Civil-izándonos → Elevándonos hasta el Derecho civil.
(Web docente de Joaquín Ataz López)

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(Página actualizada al curso 2024—​2025)

1. El Derecho de familia y el Derecho de sucesiones

En el cuarto año del grado en Derecho se imparte la asignatura Derecho civil VI, en la que son objeto de estudio el Derecho de familia y el de sucesiones. La asignatura tiene una carga crediticia de seis créditos y en el Grado en Derecho se imparte en el primer cuatrimestre, mientras que en el doble grado de Derecho y ADE se imparte en el segundo cuatrimestre.

El que para estas dos materias haya una sola asignatura es debido a las necesidades organizativas del plan de estudios. Pero desde el punto de vista interno de la coherencia de los contenidos, a todos los efectos los profesores consideramos que en realidad se trata de dos asignaturas diferentes; sin mayor relación entre ellas que la que, por ejemplo, existe entre el Derecho de contratos y los derechos reales.

Por otra parte, el que en total para estas dos materias se disponga de sólo 6 créditos, determina que, para poder cubrir todas las lecciones, el Profesor haya de ser muy selectivo respecto de las cuestiones que hay que tratar a propósito de cada una de las lecciones. Esta asignatura, además, se presta a que ciertos contenidos sean explicados en las clases prácticas con un método diferente al de la clásica lección magistral.

En cuanto a los programas de las asignaturas, y los esquemas docentes de las correspondientes lecciones, me remito a lo que, con carácter general, he explicado en esta página.

2. Derecho de familia

3. Derecho de sucesiones